Como ya os comentamos hay que solicitar la devolución de la parte proporcional de la paga extra sólo en los casos en que los empleados hayan cesado y/o finalizado su relación laboral/servicios con la Comunidad de Madrid. El resto de trabajadores recibirá la devolución de forma automática, incluidos los que hayan participado en concursos de méritos, libre designaciones o promoción del personal laboral cuyas nóminas se gestionen antes y después por el sistema informático SIRIUS.
Tienen que solicitar la Devolución:
- Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración
- Empleados que hayan promocionado como funcionario o estatutario( Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).
- Empleados que hayan finalizado la relación laboral (aunque con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de Madrid).
- Jubilados
- Fallecido