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martes, 13 de enero de 2015

SOLICITUD DEVOLUCIÓN DE PAGA EXTRA


Como ya os comentamos hay que solicitar la devolución de la parte proporcional de la paga extra sólo en los casos en que los empleados hayan cesado y/o finalizado su relación laboral/servicios con la Comunidad de Madrid. El resto de trabajadores recibirá la devolución de forma automática, incluidos los que hayan participado en concursos de méritos, libre designaciones o promoción del personal laboral cuyas nóminas se gestionen antes y después por el sistema informático SIRIUS.

Tienen que solicitar la Devolución:
- Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración
- Empleados que hayan promocionado como funcionario o estatutario( Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).
- Empleados que hayan finalizado la relación laboral (aunque con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de Madrid).
- Jubilados
- Fallecido