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viernes, 6 de junio de 2014

UN FUNCIONARIO PODRÁ COMPAGINAR DOS TRABAJOS POR EL RECORTE SALARIAL

Un juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona ha dictado sentencia favorable a un funcionario que quería compaginar su puesto con una actividad asalariada. 

El magistrado ha considerado que el trabajador ha sufrido una pérdida de poder adquisitivo durante los últimos años, por las rebajas salariales y congelaciones, que hace necesaria una interpretación más flexible de la regulación sobre incompatibilidades en el sector público.

Se trata de un agente de la Guardia Urbana que quería compaginar esta actividad principal con otra como abogado y que había demandado al Ayuntamiento de Barcelona. El Consistorio le había denegado esta posibilidad por silencio administrativo en aplicación de la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

El juez argumenta que “la función pública española ha retrocedido a los niveles retributivos propios de los años 2003 y anteriores, con una caída de entre el 8% y el 20%... Es evidente que lo que era suficiente en 2003 y en años anteriores no puede serlo en modo alguno en 2012….”. Considera que “cuando las retribuciones de los funcionarios son usadas, congeladas y reducidas por los gobiernos de la Nación como un elemento más de política económica, ya no puede seguir sosteniéndose una aplicación a rajatabla de normas como la Ley de Incompatidades de 1984….”.

La sentencia reprocha al Ayuntamiento de Barcelona que “lo que no pueden pretender las distintas Administraciones Públicas es tener a un personal al cual se le está exigiendo cada vez más pagándole menos, y mantener a su vez un régimen de incompatibilidades que resulta incompatible con la realidad social actual”.