En fecha 24 de junio de 2014 la Junta de Personal de Cultura registró escrito dirigido a la Subdirección de Personal de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
En dicho escrito se pone de manifiesto el grave perjuicio ocasionado a los trabajadores por la falta de aplicación del Calendario Laboral de Bibliotecas.
El calendario laboral de Bibliotecas existe y debe ser respetado. Fue negociado y firmado por personas legitimadas para ello y es totalmente válido y aplicable.
Entre sus estipulaciones se expresa el tiempo de horario flexible para los trabajadores de bibliotecas. Los del turno de mañana hasta las 20.45 y los de tarde desde las 9.00 horas. Se establece una pausa obligada si se superan las 9 horas de trabajo. Por todo ello se pide que se den instrucciones oportunas para que los trabajadores puedan realizar dicho horario cumpliendo, por tanto, el calendario..